ConsorcioAI

Reglamento de Copropiedad

Reglamento de Copropiedad

Gestión del reglamento, capítulo arbitral y cláusulas tipo


Guía de Incorporación del Capítulo Arbitral

Proceso completo de 4 fases para incorporar el Capítulo Arbitral al reglamento de copropiedad y habilitar el Tribunal Arbitral.

Art. 1650 CCC

El acuerdo de arbitraje puede constar en una cláusula compromisoria incluida en un estatuto o reglamento.

Art. 2060 CCC

Las decisiones que modifiquen el reglamento requieren mayoría de dos tercios de la totalidad de propietarios.

Fase 1

Preparación de la Modificación del Reglamento

1

Análisis del reglamento actual

Revisar el reglamento vigente para identificar dónde se incorporará el nuevo capítulo.

2

Redacción del Capítulo Arbitral

Utilizar las cláusulas tipo que provee ConsorcioAI (ver más abajo) o redactar con asesoramiento legal.

3

Revisión legal

Verificar que las cláusulas cumplan con el Art. 1650 del CCC (arbitraje en estatutos o reglamentos) y normas locales.

4

Preparación de documentación

Preparar el proyecto de modificación, el nuevo capítulo y la documentación para presentar en la asamblea.

Fase 2

Convocatoria a Asamblea Extraordinaria

1

Incluir en el orden del día

Incluir: 'Modificación del Reglamento de Copropiedad — Incorporación del Capítulo Arbitral'.

2

Notificar a TODOS los propietarios

Con la anticipación que establece el reglamento actual (mínimo 10 días).

3

Adjuntar en la convocatoria

El proyecto completo del Capítulo Arbitral, las cláusulas a incorporar, y la fundamentación legal.

4

Aclarar mayoría requerida

Se requiere mayoría de 2/3 de la totalidad de propietarios (Art. 2060 CCC).

5

Envío a través de ConsorcioAI

La convocatoria puede enviarse a través de ConsorcioAI a todos los propietarios registrados.

Fase 3

Celebración de la Asamblea y Votación

1

Presentar el Capítulo Arbitral

Explicar el alcance, los tipos de conflictos cubiertos y el procedimiento.

2

Explicar el servicio tercerizado

El servicio de Tribunal Arbitral es tercerizado inicialmente, y en el futuro se desarrollará un juicio arbitral propio dentro de la plataforma.

3

Votación

Se requiere 2/3 de la totalidad de propietarios (no de los presentes, del total del consorcio).

4

Redacción del acta

Documentar: fecha, presentes, resultado de la votación (a favor, en contra, abstenciones), texto aprobado del Capítulo Arbitral.

5

Firma del acta

Por el administrador y los miembros del Consejo de Administración presentes.

Fase 4

Registro en ConsorcioAI y Activación del Tribunal Arbitral

1

Subir el acta de la asamblea

Subir el acta de la asamblea a ConsorcioAI.

2

Subir el reglamento actualizado

Subir el reglamento actualizado con el Capítulo Arbitral incorporado.

3

Verificación de ConsorcioAI

ConsorcioAI verifica la documentación y activa el Tribunal Arbitral para el edificio.

4

Activación

A partir de este momento, los propietarios pueden iniciar casos en el Tribunal Arbitral.


Capítulo Arbitral — Cláusulas Tipo

Plantillas listas para copiar e incorporar al reglamento de copropiedad. Cada cláusula puede copiarse individualmente al portapapeles.

1

Cláusula 1 — PACTO ARBITRAL

Todos los conflictos que se susciten entre ocupantes, propietarios, el Administrador y proveedores del consorcio en relación con la propiedad horizontal, serán resueltos mediante arbitraje conforme a lo establecido en el presente Capítulo Arbitral. Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria para dichos conflictos.

2

Cláusula 2 — ÁMBITO DE APLICACIÓN

El arbitraje comprende: (a) conflictos entre ocupantes (ruidos, filtraciones, uso de espacios comunes); (b) conflictos entre propietarios y el Administrador (gestión, gastos, incumplimiento del reglamento); (c) conflictos entre el Administrador y proveedores (obras en partes comunes); (d) conflictos entre ocupantes y proveedores (obras particulares en unidades).

3

Cláusula 3 — SERVICIO TERCERIZADO

El servicio de Tribunal Arbitral será provisto, en una primera etapa, por un proveedor externo especializado designado por el consorcio. El Tribunal Arbitral recibirá los casos, los clasificará y asignará un Juez Arbitral a cada uno.

4

Cláusula 4 — JUEZ ARBITRAL

Cada caso será tramitado y resuelto por un Juez Arbitral designado por el proveedor del servicio. El Juez Arbitral conducirá el procedimiento hasta el dictado del Laudo arbitral.

5

Cláusula 5 — PROCEDIMIENTO

El procedimiento arbitral se regirá por las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación (Arts. 1649 a 1665) y por el reglamento del proveedor del servicio arbitral.

6

Cláusula 6 — LAUDO

El laudo arbitral será definitivo, vinculante para las partes y de cumplimiento obligatorio. Solo procederá su revisión por vicios formales o causales de nulidad previstas en el Código Civil y Comercial.

7

Cláusula 7 — DESARROLLO FUTURO

El consorcio manifiesta su intención de incorporar, en el futuro, un sistema de juicio arbitral propio a través de la plataforma digital ConsorcioAI, que permitirá tramitar el arbitraje de manera íntegramente digital. Mientras tanto, el servicio continuará prestándose de forma tercerizada conforme a la Cláusula 3.

8

Cláusula 8 — COSTOS

Los costos del arbitraje serán soportados según lo determine el Laudo, pudiendo ser a cargo de una de las partes, ambas, o del consorcio según la naturaleza del conflicto y el resultado del laudo.

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